20 de septiembre de 2024

Se promulgó la ley que crea la red digital sanitaria provincial

El Ejecutivo promulgo la Ley que crea el Sistema de Historia Clínica Digital Unica de aplicación obligatoria y establece parámetros de organización y de integración de la Red de Información Digital Sanitaria de la Provincia de Salta.

Esta norma impulsa la modernización tecnológica y digital de procesos y procedimientos sobre asistencia sanitaria, con la finalidad de establecer prácticas en seguridad de la información y de la atención.

El Ejecutivo promulgó la Ley 8431 a través del Decreto 258, que fue publicado el pasado jueves en el Boletín Oficial con la firma del gobernador Gustavo Sáenz, del ministro de Salud, Federico Mangione y de la Secretaria General de la Gobernacion, Matilde López Morillo.

Con la creación de un observatorio provincial de los servicios de salud pública se recolectará y sistematizará información a través de la historia clínica digital para contar con elementos esenciales a la hora de plantear políticas estratégicas de salud pública.

El Sistema de Historia Digital Electrónica Única, en el marco del Sistema Salud Federal Salta (SaFeSa), se integrará al Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de Historias Clínicas de la República Argentina, creado por Ley nacional 27.706.

La autoridad de aplicación dispondrá los medios para centralizar la compatibilización e integración del total de la información contenida en las historias clínicas digitales de personas que reciban asistencia a la salud en establecimientos públicos o privados de la Provincia, garantizando el pleno respeto de sus derechos.

Además, establecerá requisitos para acceder a la carga de información al sistema y la consulta de la misma, preservando la seguridad de los datos de los pacientes.

El Sistema de Historia Clínica Digital Única será de aplicación obligatoria para registrar todas las prestaciones sanitarias que se realicen.

Organizaciones de la Sociedad Civil que efectúen algún tipo de prestación médica deberán remitir al Centro de Salud de referencia o al órgano que determine la autoridad de aplicación, la historia clínica de las personas asistidas y otros documentos derivados de la atención médica.

El incumplimiento de las disposiciones referidas al sistema de Historia Clínica Digital Única y a sus normas reglamentarias, traerá aparejado sanciones para instituciones y organizaciones privadas, que irán desde el apercibimiento hasta una multa de entre 500 y 5.000 unidades tributarias.

Eltribuno

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