21 de septiembre de 2024

La Corte de Justicia de Salta investigará el hacinamiento en las comisarías

La Corte de Justicia de Salta investigará el estado en que se encuentran los detenidos en comisarías de las Provincia. El máximo tribunal provincial se declaró competente para intervenir en el recurso de Habeas Corpus presentado por el Comité para la Prevención de la Tortura en Salta frente a las condiciones de extrema precariedad en que se encuentran más de 800 personas detenidas en varias comisarías salteñas. El Procurador General Pedro García Castiella ya se había pronunciado en el mismo sentido.

El Comité que preside Rodrigo Sebastián Solá está integrado, además, por el vicepresidente, Ramón Rosa Corregidor; Cristina del Valle Cobos; Andrés Giordamachi. María José Castillo es secretaría Ejecutiva y el equipo jurídico está a cargo de Tania Kiriaco. 

En comisarías del interior

El recurso extraordinario fue presentado luego de haber verificado los niveles de hacinamiento, falta de higiene, servicios sanitarios, espacios de descanso mínimamente aceptables y privaciones de derechos que ocurren en numerosas comisarías del interior provincial.

El Comité Provincial para la Prevención de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes de Salta (tal su denominación completa) fue creado en 2022, en el marco de la declaración de “emergencia carcelaria”. Desde entonces realizó inspecciones y escuchó reclamos de los detenidos. Muchas de estas personas se encuentran procesadas e incluso, con condenas de largo plazo. Sin embargo, siguen en celdas que solo deben funcionar como albergue transitorio y no están preparadas para estadías prolongadas.    

En en el Hábeas Corpus Colectivo Correctivo, el comité solicita a la Corte que tome las decisiones que corresponden para que esta situación, violatoria de la dignidad humana, sea resuelta. Solicitan especialmente que se realicen visitas in situ, se disponga el inmediato traslado a centros penitenciarios de las personas condenadas y el traslado progresivo a alcaidías de las personas con prisión preventiva. Requieren que se proceda a la clausura y/o, inhabilitación de las comisarías 3 y 4 DUR 4 de Tartagal.

Una mesa de emergencia

Además, reclama la conformación de una mesa de emergencia integrada por representantes de los tres poderes del Estado, Ministerio Público y el Comité, y que se establezca “un sistema unificado de estadísticas oficiales a nivel provincial, válidas y confiables, que incluya datos desagregados”. 

Las inspecciones fueron realizadas en las comisarías 3 y 4, y el Cuerpo Policial Femenino de Tartagal, Nro.1 de Pichanal, Nro. 1 de Embarcación, Nro.1 de Rosario de la Frontera, Nro. 1 de Metán, Cuerpo Policial Femenino de Metán, Comisarías Nro. 1, 3 y 4 de Orán, Subcomisaría Nro. 9 y Brigada de Investigación de Orán, y Comisaría 2 de Colonia Santa Rosa. 

Las visitas revelaron, “condiciones deplorables de detención que las tornan inhumanas y mortificantes convirtiendo en ‘ilegítimas’ dichas privaciones de la libertad”. 

En sus fundamentos, la Corte destaca que el Habeas Corpus “tiene por objeto que se ordene la reparación de la situación lesiva en que -dice- se encuentran alojadas personas privadas de libertad en establecimientos policiales, como así también que se conmine a los organismos estatales responsables de su guarda y custodia a implementar medidas específicas al respecto, para garantizar condiciones de habitabilidad de dichas instalaciones que resulten compatibles con la dignidad humana”.

Por los derechos y garantías

Asimismo, recuerda que la acción de hábeas corpus correctivo es la vía idónea para que se hagan efectivos derechos y garantías establecidos en las Constituciones Nacional y Provincial, como así también en las Convenciones y en los Pactos internacionales para las personas privadas de libertad ambulatoria. 

El texto de la Corte, al establecer su competencia en el caso, puntualiza que “la Provincia de Salta es representada legalmente por el titular del Poder Ejecutivo, quien además dirige y formula sus políticas, es jefe de la Administración centralizada y descentralizada y es el único órgano estatal que ejerce, “lato sensu”, función gubernativa” y también que “resulta incontestable que el diseño de las políticas públicas en pos de la garantía de los derechos relativos a las personas privadas de su libertad ambulatoria, alojadas en dependencias policiales” es responsabilidad del jefe ejecutivo.
 

Eltribuno

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