Ganancias: buscan que se pague en agosto y los gremios intentan frenar los cambios en la Justicia
El Gobierno reglamentó, a través del decreto 652/2024, la ley del impuesto a las Ganancias –recientemente sancionada por el Congreso – que en adelante se denominará Impuesto a los Ingresos Personales –que aportará más ingresos al Estado porque se reduce el mínimo no imponible y más trabajadores quedarán alcanzados por el impuesto. Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores volverán a pagar este impuesto.
La Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC) estimó en el 0,4303% del PBI el ingreso adicional durante 2024, de los cuales 0,4221 % son coparticipables entre el Tesoro Nacional y las Provincias
Por la nueva ley los trabajadores pagarán el impuesto con más de $ 1,8 millón de sueldo bruto en el caso de los solteros sin hijos (unos $ 1.5 millón netos) y con más de $ 2,2 millones los empleados con dos hijos menores de 18 años o incapacitados para el trabajo (1,95 millón netos). Estos cambios comenzarán a regir desde julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán a fin de mes o en los primeros días de agosto.
Dado lo avanzado del mes se espera que la AFIP publique las nuevas tablas con los nuevos valores lo antes posible para que las empresas puedan efectuar las nuevas retenciones con el pago de los sueldos percibidos por julio
Hasta ahora, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $ 2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio, sin distinción entre con o sin hijos.
La CGT había pedido, sin éxito, que se hiciera una actualización del piso, ya que el proyecto original había sido redactado «hace 5 meses y no puede seguir siendo lo mismo, porque en el medio hubo 60% de inflación», había dicho Héctor Daer, co-secretario de la CGT, tras la reunión que tuvieron los sindicalistas en Gobierno.
De todos modos, este año habrá en septiembre habrá una actualización de los valores según el IPC de junio a agosto 2024, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC) en enero y julio de cada año.
Pese a que el impuesto es de cálculo anual, no habrá un efecto retroactivo. Es decir, no habrá que hacer ningún recálculo, aunque en el primer semestre el empleado estuvo exento y ahora podría quedar gravado ya que los cambios son hacia adelante. Si hubiese un saldo a favor del trabajador, la devolución se hará según lo establezca la AFIP.
Los importes del impuesto a pagar arrancan en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y superan los $ 100.000 mensuales para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos.
Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias volverían a pagar, entre otros empleados bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico, volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.
Todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), quedan incluidos en el cálculo del impuesto. Los empleados de la zona patagónica dejan de tener el beneficio del incremento del 22% de las deducciones personales y alícuotas teniendo en cuenta el mayor costo de vida en esa región. Este cambio puede originar conflictos a la hora de realizar horas extras o con los trabajadores de la región patagónica.
La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otros gastos permitidos con topes, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, alquileres etc. Es importante que el empleado informe mensualmente en el Formulario SIRADIG ( en la página web de la AFIP) las deducciones generales y las cargas de familia mes a mes para que sean tomados en cuenta por los empleadores para el cálculo de las retenciones mensuales.
En el caso de los autónomos el mínimo no imponible es más bajo: $ 1.159.138 netos para los solteros sin hijos y $ 1.644.327 netos para los casados con 2 hijos.
Para los jubilados y pensionados se mantiene la exención de Ganancias en ocho haberes mínimos que, en julio, es de $ 1.724.640.