3 de octubre de 2024

Ganancias: a quiénes beneficia el rechazo del Senado y qué cambia en julio para los empleados

El rechazo del Senado al Capítulo del impuesto a las Ganancias (retención de empleados) beneficia en principio a 800.000 trabajadores en relación de dependencia sin hijos menores y que ganan más de $ 1.800.000 brutos mensuales (es decir, unos $ 1.500.000 netos) o más de $ 2.200.000 brutos ($ 1.950.000 netos) con 2 hijos que seguirán exentos de Ganancias o pagarán menos.

Es más, el beneficio para los empleados se ampliaría en julio porque seguiría vigente la ley Massa con un mínimo no imponible de 15 SMVM (Salario Mínimo, Vital y Móvil). A valores de enero, ese tope equivale a $ 2.340.000. Pero ese valor debe actualizarse en julio por lo que se elevaría a más de 3,5 millones. Se estima que el 98% de los empleados en relación de dependencia, con o sin hijos, quedaría exento de Ganancias.

En cambio, la recaudación y su distribución quedaría afectada. Según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), “el texto original del proyecto implicaba un incremento teórico del impuesto determinado de 2024 en 0,5004% del PBI. Las modificaciones introducidas en la media sanción de Diputados redujeron el impacto estimado a 0,4303% del Producto, mientras que las incorporaciones del dictamen de mayoría del Senado implicarían una reducción adicional del impacto estimado, llevándolo a 0,4111% del PBI siempre sobre la base del impuesto determinado anual de 2024. Cabe señalar que el impacto efectivo sobre la recaudación dependerá del período de vigencia de las modificaciones bajo análisis”.

Ese 0,4111% del PBI adicional se coparticiparía poco más de la mitad (0,2369%) con las provincias. Otro 0,1566% le correspondería al Tesoro Nacional. Y el resto a la AFIP, Poder Judicial y Fondo ATN.

Por su parte, si el Senado hubiese aprobado el Capítulo de Ganancias, esos 800.000 trabajadores hoy exentos de Ganancias volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%. En valores que arrancan en casi $ 3.000 mensuales hasta unos $ 60.000 mensuales para los que hoy están exentos y que supera los $ 100.000 mensuales para los que ganan más de $ 2.500.000 brutos. Y todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.

Queda pendiente qué va a pasar con el alivio fiscal que se aplicó entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre 2023 (Decreto N° 473/2023) que requiere ser ratificado por ley, algo que contempla el proyecto original del Gobierno.

Según el tributarista Fernando López Chiesa, “se requiere la aprobación del Decreto 473/2023 para que no surja una deuda de los empleados con el Fisco por los últimos meses del 2023. Es clave que se ratifique el criterio de liquidación de ese momento porque el empleado ya no tiene ese sueldo, se lo gastó y no puede ser rehén de los vaivenes legislativos o de la técnica de liquidación. Por eso, se requiere la ratificación de las liquidaciones realizadas en 2023”.

Clarín

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