20 de septiembre de 2024

Establecerán plazo de gracia para escritos administrativos

La Cámara de Diputados otorgó media sanción a un proyecto que promueve la modificación de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Provincia con la finalidad de establecer un plazo de gracia para la presentación de escritos.

El proyecto, que pasó en revisión al Senado, propicia la modificación del artículo 128 de la Ley 5.348 de Procedimientos Administrativos y tiende a fijar que para el caso de que un escrito no presentado dentro del horario administrativo del día en que vence el plazo, el mismo podrá ser entregado válidamente, en la oficina que corresponda, el día hábil inmediato posterior y dentro de las dos primeras horas del horario de atención de la misma.

Durante el debate que se realizó en la última sesión de la Cámara baja, la diputada Socorro Villamayor, autora de la iniciativa, explicó en el recinto que con la modificación se busca incorporar, con rango legal, un instituto jurídico vigente en casi todos los códigos procesales y las normas de procedimiento administrativo, tanto de la Nación como de otras provincias del país.

Ello prevé la posibilidad que tiene el administrado de presentar escritos en las dos primeras horas del día siguiente al vencimiento del plazo previsto, cuya aplicación arroja óptimos resultados, dijo pero aclaró que la normativa establecerá lo ya previsto en el artículo 124 del Código Procesal, Civil y Comercial de Salta.

«Creemos necesaria esta aplicación, ya que, de otra manera, en el derecho administrativo, y en el marco de un procedimiento recursivo, su no reconocimiento le haría perder la vía recursiva en sede administrativa y judicial», explicó.

La legisladora también hizo mención, como antecedente jurídico, un fallo de la Corte de Justicia de Salta, dónde se aplicó la doctrina de la causa Fundación Universidad de Belgrano del Tribunal Supremo de Justicia de la Nación y señaló que ese fallo la Corte local admitió por primera vez el plazo de gracia en el marco del procedimiento administrativo.

El diputado David Taranto marcó la importancia de avanzar con la iniciativa y fundamentó la necesidad de que los procedimientos de la provincia se actualicen para una mejor aplicación teniendo en cuenta los nuevos paradigmas vigentes.

El nuevo texto propuesto como parte del artículo 128 señala que el escrito no presentado dentro del horario administrativo del día en que venciere el plazo, podrá ser entregado válidamente, en la oficina que corresponda, el día hábil inmediato posterior y dentro de las dos primeras horas del horario de atención de dicha oficina.

Eltribuno

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