6 de octubre de 2024

Diputados tratará la ley para crear el colegio para los instrumentistas

La Cámara de Diputados agendó para la sesión de hoy un proyecto de ley que impulsa la creación del Colegio de Instrumentadores Quirúrgicos de la Provincia de Salta, paso que se considera fundamental para jerarquizar una profesión que creció.

Tiene como objeto crear el colegio con carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, para matricular y velar por el correcto ejercicio de la profesión de los instrumentadores quirúrgicos de la provincia.

En los fundamentos de la iniciativa se recuerda que en el 2019 se promulgó la Ley 8144 para regular el ejercicio de la profesión de instrumentación quirúrgica y que puso bajo la órbita del ministerio de Salud Pública, como autoridad de aplicación, las funciones de matriculación y de control de la actividad.

Empero, se considera necesario delegar en un colegio, como ente de derecho público no estatal, el gobierno de la matrícula,para que sean los mismos profesionales quienes conformen los órganos para el funcionamiento de la institución.

Puntualiza que será un avance fundamental para jerarquizar una profesión que creció en Salta, donde hay instituciones educativas con trayectoria que otorgan título habilitante, cumpliendo con las previsiones que determina la ley.

Discapacidad

Por otra parte y para reflejar una comprensión más inclusiva y respetuosa de la diversidad humana, la Cámara baja debatirá un proyecto de ley para modificar términos en los artículos 1° y 4° de la Ley 7.800 relacionados con la atención prioritaria y trámite ágil en dependencias públicas y establecimientos privados.

La iniciativa propone adecuar la transición del término «personas con capacidades diferentes» a «personas con discapacidad» y avanzar hacia un lenguaje respetuoso y no discriminatorio en todos los ámbitos de la sociedad.

Propicia que todas las dependencias públicas y establecimientos privados con atención al público a través de cualquier forma o modalidad, garanticen la atención prioritaria y trámite ágil a la gestión que realizan mujeres embarazadas, personas con discapacidad o movilidad reducida, personas mayores de 70 años y personas con niños en brazos.

Para ello se introducirá el término «personas con discapacidad» y se dejará de lado el de «personas con capacidades diferentes» que tiene el actual artículo 1º de la Ley 7800 de Defensa del Consumidor.

Para el artículo 4° impulsa el siguiente texto: las dependencias públicas y establecimientos privados también deberán adecuar el término «personas con discapacidad» en los carteles que se deben exhibir de manera obligatorio y a la vista del público.

Eltribuno

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