19 de abril de 2025

La Provincia podrá exigir el pago de deudas a las obras sociales

Hospital Materno Infantil 1

Se promulgó la Ley 8491, que fija un nuevo régimen para recuperar costos sanitarios de los efectores públicos, estableciendo aranceles específicos y facultades para exigir judicialmente los pagos.

Este miércoles, el gobernador Gustavo Sáenz promulgó la Ley Nº 8491, que define un mecanismo preciso para el recupero de costos sanitarios generados por prácticas de salud en efectores públicos. “Los montos de facturación […] se determinarán usando los valores establecidos por el Nomenclador de Prestaciones Particulares provisto por el Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS)”, señala el artículo 1º.

La norma estipula que los medicamentos deben facturarse según los valores publicados por Droguería al primer día hábil del mes, mientras que insumos y descartables se cotizarán conforme a precios de mercado. En el caso de prótesis y órtesis, deberán ser provistas previamente por los entes obligados, salvo situaciones de emergencia debidamente justificadas.

Fuente: Aries

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