16 de noviembre de 2024

El Gobierno trabaja contrarreloj para poner en práctica el blanqueo y los cambios en Ganancias

Funcionarios del Ministerio de Economía y la Secretaría de Legal y Técnica del Gobierno, junto a técnicos de la AFIP, están trabajando contrarreloj para tener listos los decretos reglamentarios de la Ley Bases y del paquete fiscal. Fuentes que están haciendo un seguimiento cercano comentaron que ya a partir de la semana que viene podrían empezar a publicarse en el Boletín Oficial los decretos. Para la AFIP, puntualmente, es imprescindible ese paso para terminar de redactar las resoluciones para que se puedan poner en práctica los cambios.

En lo estrictamente fiscal, la AFIP tiene que diseñar los aplicativos que introducen cambios en las escalas y alícuotas del monotributo; las modificaciones al impuesto a las Ganancias, la moratoria impositiva, el nuevo esquema para liquidar el impuesto a los Bienes Personales y la regularización de activos (blanqueo).

Economía quiere tener todo “operativo” lo antes posible para comenzar a recaudar por varias vías. La reposición del Impuesto a las Ganancias hará que unos 800.000 asalariados vuelvan a tributar este impuesto. Se establecen nuevos “pisos” a partir de los cuales se tributará el gravamen.

En el caso de asalariados, será de $ 1.800.000 y $· 2.300.000 de salario bruto para trabajadores solteros o casados con dos hijos, respectivamente. Con respecto a los autónomos, el monto de la ganancia imponible que comenzará a tributar el gravamen será de $ 335.000 menor a los importes antes mencionados.

En el caso del monotributo se actualizan diferentes parámetros para el año 2024, incluyendo facturación tope de categorías, monto de alquileres devengados, impuesto integrado y monto de ingreso a Obras Sociales y al Régimen Previsional.

Por otra parte, no existirán límites para las categorías más altas respecto al tipo de actividad realizada por el contribuyente, por lo que aquellos que realicen locaciones o presten servicios podrán inscribirse en categorías actualmente vedadas (Categorías I, J o K).

En Bienes Personales los cambios se refieren fundamentalmente a dos aspectos: reducción gradual de las alícuotas de imposición y régimen especial de ingreso que permite adelantar el gravamen de futuros ejercicios.

Así, se propone una reducción gradual de la escala de alícuotas progresivas, eliminándose la discriminación existente para bienes situados en el exterior. Para el ejercicio fiscal 2023, la alícuota máxima que se propone es del 1,5%, la cual se irá reduciendo paulatinamente hasta alcanzar el 0,25% en el 2027.

Se estableció que, voluntariamente, el contribuyente podrá pagar por adelantado el impuesto correspondiente al período 2024-2027, tributando el impuesto de manera unificada.

Sobre el blanqueo, se trata de un régimen amplio para la regularización de activos existentes al 31 de diciembre de 2023 (considerada “Fecha de Regularización”) tanto para personas humanas residentes (incluyendo en este caso las que perdieron residencia antes de la Fecha de Regularización) como jurídicas del país a esa fecha. Quedan excluidos de las disposiciones del régimen los sujetos que hayan desempeñado en los últimos diez años a contar desde la fecha de entrada en vigencia funciones públicas, así como los familiares de los mismos.

Asimismo, quedan excluidos los sujetos declarados en quiebra, condenados por delitos del Código Aduanero y del Régimen Penal Tributario, entre otros.

Se contempla también una amplia moratoria para las obligaciones impositivas y de la Seguridad Social vencidas al 31 de marzo de 2024, que incluso permite regularizar el Aporte Solidario y Extraordinario de la Ley 27.605, obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago -caducos o no- y en discusión administrativa y judicial, previéndose para estos casos la extinción de la acción penal una vez cancelada la totalidad de la deuda.

Clarín

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