21 de septiembre de 2024

«No aceptamos la implementación de las fotomultas con carácter recaudatorio»

Durante la Sesión Ordinaria de anoche, el Concejo Deliberante de Salta sancionó un proyecto de ordenanza que incorpora modificaciones en artículos de las Ordenanzas N° 14.395 (Código de Tránsito) y N° 14.136 (Código de Procedimiento de Faltas). El texto, de autoría de la edila Eliana Chuchuy (VPS), establece que será considerada falta grave la obstrucción de rampas. Además, fija el marco normativo para la utilización de tecnologías en temas relacionados con la seguridad vial y aspectos vinculados a las sanciones.

Al tomar la palabra, Eliana Chuchuy sostuvo que la iniciativa busca “que tengamos una ciudad moderna, con equipos tecnológicos que puedan mejorar el rendimiento y, sobre todo, prevenir los siniestros”. Además, la edila consignó que en el articulado “se incorpora como infracción la obstaculización de las rampas para las personas con discapacidad”. Por otro lado, el coautor del Proyecto, el concejal Darío Madile (VPS), sostuvo: “Venimos a tratar un Proyecto que pueda brindar al Ejecutivo Municipal aquellas herramientas tecnológicas que le permitan combatir un flagelo como es el tema de la inseguridad vial”.

Desde el Ejecutivo, el secretario de Tránsito y Seguridad Vial de la Ciudad de Salta, Matías Assennato, dijo que lo que se sancionó anoche «es una modificación al Código de Tránsito que nos brinda una herramienta fundamental que es la posibilidad del uso de tecnología para mejorar el entorno de la seguridad vial en la ciudad», dijo el secretario.

«Lo que también va a permitir la implementación de tecnología es que se va a crear un fondo para que todo lo recaudado sea destinado al plan de recuperación de calles y a trabajar en campañas de educación vial. Solicitamos a la empresa, que se haga la inversión en equipos que permiten estudios médicos de manera gratuita, queremos que la incorporación de tecnología sirva también para dar beneficios a los vecinos, como contar con gabinetes psicosensométricos para los que solicitan la licencia de conducir. La ciudad de salta tiene indicadores de accidentes viales por encima de la media nacional, por lo que debemos utilizar la tecnología para revertir esta situación. Desde que llegamos sacamos a los agentes de transito a las calles, pero la realidad es que no alcanza con el esfuerzo que hacemos y debemos apoyarnos en la tecnología», aseguró y tiró algo polémico: «no aceptamos la implementación de las fotomultas con caracter recaudatorio»».

El secretario dijo que es necesario aplicar todo lo que este al alcance, con la mayor eficiencia,; y la tecnología los puede ayudar. Adelantó que a solicitar la incorporación de cámaras que tomen infracción de cruce de semáforos en rojo o de no uso de casco. Además lanzarán una campaña de difusión para que la gente conozca a dónde están ubicadas las cámaras y qué función cumplen. Se colocarán entonces cartelería a donde estén las cámaras para que todos sepan.

«Con estas acciones buscamos que cumplan con las normas de tránsito, que eviten cometer faltas porque habrá cámaras detectando faltas que son graves como pasar un semáforo en rojo o que ponen en riesgo la vida como no usar casco al conducir una moto», concluyó.

Más grave

El texto acordado modifica además los Artículos 75 y 79 de la Ordenanza Nº 14395. De esta manera se establece como falta grave la obstrucción de espacios reservados para vehículos adaptados o para traslado de personas con discapacidades motoras o dificultades de locomoción u obstrucción de rampas. Estableciendo que cuando la comisión en este caso y en los ya consignados en la norma, haya sido verificada fehacientemente por un agente, la autoridad retendrá la licencia nacional para conducir a los infractores y la reemplazará con la entrega, en ese mismo acto, de la Boleta de Citación del Inculpado.

«Desde ahora, tapar una rampa puede tener consecuencias graves para los infractores y se podrá tener la licencia o trasladar el vehículo al canchón. La ciudad que queremos es con respeto a las normas y a las personas», dijo Assennato.

Los cambios en el inciso q) del artículo 79, fija como falta grave la conducción de vehículos utilizando auriculares, dispositivos móviles y/o sistemas de comunicación de operación manual continua que obstaculicen e impidan el manejo seguro.

Por exceso de velocidad y sin casco, sin pago voluntario 

En el artículo 87 del Anexo I, vinculado al pago de multas, se introducen cambios en el inciso a) detallando que la multa puede abonarse con una reducción del cincuenta por ciento (50%) cuando corresponda a normas de circulación en la vía pública y exista reconocimiento voluntario de la infracción. No obstante, cuando la infracción por exceso de velocidad supere en más de la mitad la velocidad máxima permitida, el reconocimiento voluntario que se realice perderá el beneficio de reducción del 50% de mínimo legal. En todos los casos, tendrá los efectos de una sanción firme. Además, en el apartado se agrega un párrafo que establece que la percepción por el pago de multas se aplicará para costear programas, mejoras de la infraestructura vial y acciones destinadas a cumplir con los fines de la ordenanza. La totalidad de las sumas efectivamente ingresadas a la Municipalidad de la ciudad de Salta en concepto de multas obtenidas por el sistema automático fotográfico de infracciones se destinará a la integración del fondo creado por el artículo 3º de la Ordenanza N° 16.202.

Por otro lado, con la modificación del artículo 33 del Anexo II, se consigna que no procederá el pago voluntario por circular en motocicleta o ciclomotor sin llevar correctamente el casco normalizado el conductor y el acompañante.

Mediante las modificaciones en dos incisos del artículo 72 del Anexo I se establecen los deberes de las autoridades. En lo relacionado con la comprobación de faltas, se agrega a la redacción ya existente que, en caso de presuntas faltas detectadas por puestos móviles o fijos operados por un agente, o en el marco de cualquier operativo donde actúe un dependiente de la autoridad competente, el mismo deberá obligatoriamente identificarse ante el presunto infractor, indicándole la dependencia inmediata a la que pertenece. Esto también deberá cumplirse al utilizar el formulario de acta reglamentario, entregando copia al presunto infractor, salvo que no se identificare o se diere a la fuga, o salvo que la presunta infracción fuese captada por algún medio electrónico o digital, fijo o móvil de acción automática, circunstancias que se harán constar en el acta de comprobación correspondiente. Mientras que, en lo referido a materia de juzgamiento, se consigna que las autoridades evaluarán el hecho traído a su conocimiento, junto con sus constancias, con sujeción a las reglas de la sana crítica razonada.

En cuanto a los cambios introducidos a la Ordenanza N° 14.136, en el artículo 56, se dispone que las faltas de tránsito podrán comprobarse a través de un sistema de control inteligente de infracciones por medios electrónicos, fílmicos, fotográficos o de grabación de video, aprobados y homologados por la autoridad competente, desde medios móviles o puestos fijos, de operación física por parte de un agente municipal o de acción automática. Los lugares de comprobación de las faltas deberán encontrarse debidamente señalizados con cartelería que identifique la presencia de radares. Además, en caso de dispositivos que detecten el exceso de velocidad, será obligatorio indicar la velocidad máxima permitida con señalética vial. A tales fines, dichas señales deberán estar ubicadas al menos a 300 metros de los lugares de comprobación de la falta.

Finalmente, se introducen cambios en dos incisos del artículo 57, en cuanto a los requisitos de las actas de infracción conforme lo dispuesto en el artículo 56. Indicando que, en caso de ser labradas desde puestos móviles o fijos operados por parte de un agente municipal, deberán serlo en presencia de este y constar con la rúbrica directa o digitalizada del mismo y, en caso de ser labradas por puestos fijos automáticos, deberán indicar fechas de homologación y calibración del equipo utilizado.

Durante el tratamiento del Proyecto, los concejales Martín Del Frari (SF), Malvina Gareca (SPV), Gonzalo Corral (YP), Gustavo Farquharson, Alicia Vargas (ambos de VPS), Ángel Ortiz y Gonzalo Nieva (ambos de JxC) tomaron la palabra para adelantar su voto positivo. Mientras que sus pares: Laura Jorge Saravia, Agustina Álvarez  Eichele (ambas de JxC), Pablo López (LLA), Inés Bennassar y Paula Medici (GSC) lo hicieron para manifestar su negativa a la iniciativa.

Eltribuno

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