14 de noviembre de 2024

Los diputados debatirán el proyecto de juicio por jurados

La Cámara de Diputados tratará el próximo martes el proyecto de ley que impulsa la implementación en la Provincia del juicio por jurados en la administración de la Justicia penal para los delitos mas graves.

En este tipo de procedimiento legal un jurado integrado por personas legas decide sobre la culpabilidad o inocencia de un acusado.

La iniciativa legislativa que envió el gobernador Gustavo Sáenz figura como punto numero uno de tratamiento para la 32ª sesión ordinaria del año que realizará la Cámara baja provincial el próximo martes.

Desde el Ejecutivo se señala que responde a la demanda ciudadana de una mayor transparencia en la administración de la justicia penal.

Agrega que avanzar en la implementación del juicio por jurados, resulta necesario en tanto es el modelo de la Constitución y dada su utilidad para afianzar la justicia, con una modalidad de mayor participación que derive en una mejor aceptación de las decisiones por parte de la sociedad.

En ese orden, agrega que la transparencia también se encuentra garantizada por un cuidadoso cumplimiento del proceso de selección de los jurados, por medio de actos públicos caracterizados por la nominación aleatoria, debidamente auditados y por las posteriores definiciones sobre la integración del panel por medio de la litigación en audiencia pública.

Hasta el momento hay 12 jurisdicciones provinciales que han establecido este modelo de enjuiciamiento: Córdoba, Buenos Aires, Neuquén, San Juan, Chaco, Mendoza, Río Negro, Entre Ríos, Chubut, Catamarca, la Ciudad Autónomo de Buenos Aires y Santa Fe.

En el mensaje adjunto al proyecto de ley se marca que desde hace 170 años la Constitución Argentina viene exigiendo que los crímenes, es decir los delitos más graves, sean juzgados por los ciudadanos mediante el sistema de jurados.

Este mandato ha permanecido inalterado en las sucesivas reformas de la Constitución Nacional y se encuentra vigente en sus artículos 5, 118, 121, 122, 123 y 126, detalla y hace notar que en ese sentido, la Corte de Justicia de la Nación dijo que ese mandato puede y debe ser cumplido por las provincias que son las que sancionan sus leyes procesales en materia penal.

Eltribuno

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