La Corte Suprema oficializó la salida de Maqueda y comienza a funcionar con tres jueces
Desde este lunes, la Corte Suprema de Justicia comenzará a funcionar con tres integrantes, luego de la oficialización de la salida de Juan Carlos Maqueda del máximo tribunal. Así, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti serán los integrantes del máximo tribunal a la espera de las definiciones del Gobierno para los nuevos nombramientos.
Con la publicación del Decreto 1128/2024, la Corte oficializó la salida de Maqueda, quien el pasado 29 de diciembre cumplió 75 años y debió dar un paso al costado después de 22 años en el cuarto piso del Palacio de Tribunales.
De esta manera, comienza un nuevo orden en el máximo tribunal con el Gobierno, que ahora buscará aprobar los pliegos para la designación del juez Ariel Lijo y el académico Manuel García-Mansilla.
El propio presidente Milei deslizó la posibilidad de nombrar a los candidatos por decreto ante la falta de acuerdo en el Senado. “Si el Senado no resuelve, lo tendré que resolver yo”, señaló el mandatario en una entrevista.
Según pudo saber Infobae, el Gobierno no descarta retomar el diálogo con la Cámara Alta para avanzar vía parlamentaria. Pero en caso de que las negociaciones se trunquen, “la posibilidad de nombrar por decreto sigue en pie”, señalaron desde Casa Rosada.
En ese sentido, aseguraron que “no hay ningún escenario” en el que estén dispuestos a cambiar o retirar los pliegos. Pero también se mostraron en modo dialoguista: “Hoy queremos hacer más esfuerzos para lograr los consensos”, deslizaron. E inusualmente dieron a entender que existen los contactos con la oposición más dura: “Siempre con algún sector del kirchnerismo hay que hablar”, dijeron.
Todo esto se da en medio de una acordada que llevó la firma de Rosatti, Rosenkrantz y el saliente Maqueda, con la disidencia de Lorenzetti, quien fue crítico del magistrado que el pasado viernes se retiró por última vez del Palacio de Tribunales.
Según dispuso la mayoría, cuando no se alcancen un acuerdo en común de tres votos, se dispone a la brevedad el sorteo de los conjueces y se impide el bloqueo del expediente. El objetivo de los ministros es “garantizar la seguridad jurídica” al establecer que un mismo conjuez resuelva siempre los casos análogos.
De lo contrario, sostiene, se atomizaría la jurisprudencia, las sentencias de la CSJN variarían cada vez que se sorteare un nuevo Conjuez. En la misma resolución, se le hizo saber al Senado y al Poder Ejecutivo que están vencidas las listas de conjueces, para los casos en que no puedan integrar la Corte Suprema los presidentes de las cámaras federales.
“Cuando para la resolución de causas judiciales resultare necesario integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación por no haberse obtenido la mayoría legal requerida como consecuencia de la recusación, excusación, licencia, vacancia, o en caso disidencia de criterios cuando el Tribunal no contara con el número legal de miembros, se procederá conforme a las siguientes pautas: si al finalizar la circulación de una causa el secretario interviniente advirtiere que, en principio, no se ha logrado la mayoría legal para que sea sentenciada, deberá informar por escrito dicha circunstancia a los jueces del Tribunal. Ello sin perjuicio de la prosecución del trámite previsto en la presente acordada”, se detalló.
Según se dispuso, transcurridos quince días hábiles desde la remisión del informe mencionado en el punto anterior, el secretario suscribirá una providencia que disponga la integración del Tribunal en los términos del artículo 22 del decreto-ley 1285/58, salvo instrucción en contrario de la mayoría de los jueces de esta Corte habilitados para participar de la decisión (art. 2° y 3° de la ley 26.183). Dicha providencia deberá ser notificada a las partes e incluir el siguiente contenido: a) fecha y hora de la audiencia para realizar el sorteo previsto en la norma legal citada; b) requerimiento para que las partes informen dentro de las 72 horas de notificadas los datos personales de quienes habrán de asistir a dicha audiencia. En las causas análogas, se realizará la designación por sorteo de un mismo conjuez. En el supuesto del punto anterior, la providencia de Secretaría que convoca a la audiencia para realizar el sorteo deberá ser notificada a todas las partes de las causas involucradas.
En disidencia, el juez Lorenzetti se opuso a esta decisión. “Cuando no hay mayorías, los jueces de la Corte deciden en ese caso designar un conjuez entre los presidentes de las Cámaras Nacionales. Esta es la regla histórica. Lo que está en discusión en esta acordada es algo diferente: establecer como regla general una suerte de sustitución de los jueces por conjueces, lo que afecta los precedentes, porque cambiarán permanentemente, afectando la seguridad jurídica”, sostuvo en el primer párrafo de su voto.
Y añadió: “Debo disentir porque entiendo que la acordada presenta deficiencias jurídicas que pueden producir una gran cantidad de nulidades procesales. Además, no advierto razones fundadas para regular una cuestión que no necesitó regulación durante más de cien años, y no es urgente hacerlo cuando ya termina el año, y, además, es de público y notorio que es probable la incorporación de dos nuevos miembros al Tribunal”.
“Es inapropiado que jueces de la Corte pretendan condicionar a los próximos colegas, lo que se ha intentado hacer con una impresionante cantidad de decisiones y nombramientos durante todo el presente año. Que eso no cambia porque se aclare, que no se aplicará cuando el Tribunal contara con el número legal de miembros. Ello es así, porque se menciona a una mayoría de jueces habilitados, concepto ambiguo, que no es habitual desde el punto de vista normativo y que permitiría no considerarlos. Esa falta de criterio es más grave aún cuando un juez que se retira, pretenda condicionar a los que vienen a sustituirlo”, afirmó.